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ICT

La instalación de Infraestructuras Comunes de Telecomunicación (ICT) para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios, ha supuesto un avance decisivo para la incorporación a las viviendas de las nuevas tecnologías (acceso a internet,TV por cable, ...) de forma económica y transparente para los usuarios. Estas infraestructuras facilitan, además, la accesibilidad a un amplio abanico de servicios avanzados de telecomunicaciones, como son los servicios del Hogar Digital, que hacen más confortable la vida en el hogar.

 

El Real Decreto 401/2003 de 4 de abril sobre Infraestructuras Comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, pionero en el mundo, tiene los siguientes objetivos básicos:

  • Garantizar el derecho de todos los ciudadanos a acceder a los diferentes servicios de telecomunicación dotando a los edificios de unas infraestructuras adecuadas.
  • Procurar el mismo derecho de uso de dichas infraestructuras a todos los Operadores. El ámbito de aplicación del mismo contempla los siguientes casos en la implantación de una ICT:
    • Edificios de nueva construcción, en los que el reglamento es de obligado cumplimiento para promotores/constructores.
    • Edificios rehabilitados.
    • Edificios ya construidos en los que la comunidad de propietarios decide la instalación de una ICT.

     

En este punto, cabe una especial mención de la aprobación, el 2 de Agosto del 2002, del nuevo Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, donde se introducen los requisitos de instalación de las redes domóticas, y que viene a complementar a la ICT en la completa dotación de infraestructuras en las viviendas para la prestación de los servicios del Hogar Digital.